La sentencia del 'caso Hacienda' no inhabilita a Lopera como presidente del Betis
La sentencia definitiva dictada el pasado 14 de diciembre por el Juzgado número 10 de lo Penal de Sevilla contra el presidente del Betis, Manuel Ruiz de Lopera, por dos delitos relacionados con la gestión del club, no inhabilita al dirigente para continuar en el cargo, según confirmó hoy el consejero y jefe de los servicios jurídicos albiverdes, Oscar Arredondo.
Una vez conocida la sentencia, Oscar Arredondo puso de relieve que la misma no impide bajo, ningún concepto, a Lopera seguir ostentando la presidencia del Betis. "La sentencia no inhabilita para el ejercicio de un cargo privado y, luego, los estatutos del club no dicen nada al respecto. En tercer lugar, en cuanto a la normativa genérica, que es la Ley de Sociedades Anónimas Deportivas, se refiere sólo a delitos públicos contra la Administración, como cohecho o prevaricación. Por lo tanto, no estamos en ninguna de estas situaciones, y menos cuando el delito tiene la catalogación de menos grave, como es este caso", recalcó el jurista.
Eso sí, Arredondo admitió que Lopera se halla decaído en estos instantes. "Anímicamente no está bien, porque le afectó mucho lo del día del Anderlecht -en que fue criticado por parte de la afición- y físicamente tiene una dolencia en la espalda y en la rodilla", recordó.
También zanjó Arredondo los comentarios acerca de que Lopera pudiese estudiar la venta del club. "En la última comparecencia pública que realizó ya dijo que tenía un grupo inglés interesado en comprar el Betis, pero dejó claro que él no pensaba vender. Punto", sentenció. "Antes de vender se planteará mil cosas más pero, desde luego, no va a vender de momento", añadió el consejero, que también apuntó que Lopera "por su puesto, está muy concentrado" en que el equipo salga de su actual mala racha de resultados y se aleje definitivamente de la zona de descenso.
Sentencia
Según la referida sentencia, de la que ya informamos ayer, Lopera es condenado a dos penas de siete meses y medio de cárcel, además del pago de casi cinco millones de euros, por sendos delitos en la gestión del Betis durante los ejercicios de 1996 y 1997.
El fallo precisa que Lopera, "en su calidad de Presidente y Consejero Delgado del Real Betis Balompié Sociedad Anónima Deportiva, para reducir indebidamente el pago a la Hacienda Pública Española del pago del impuesto de sociedades" concertó con Técnica y Garantía del Deporte S.A. (TEGASA), dirigida por el propio imputado, un contrato de fecha 30 de abril de 1993, que denominaron de "arrendamiento y prestación de servicios".
De esta manera, el Betis arrendaba la explotación de su actividad a la mencionada empresa, "a cambio de una suma económica con la que se aseguraba la viabilidad económica del club, preservándole de los inciertos resultados económicos que pudiese obtener de su actividad deportiva".
Igualmente la sentencia recoge que se "firmaron dos contratos de arrendamientos con fecha 4 de agosto de 1997" en virtud de los cuales el Betis "arrendaba su estadio y Ciudad Deportiva a TEGASA", aunque ninguno de ambos contratos "tuvo materialización en la práctica y tampoco TEGASA realizó actividad alguna en las sedes deportivas mencionadas", si bien es cierto que llevó a cabo "determinados actos de mediación en la actividad del Real Betis que fueron remunerados". De este modo, TEGASA "hacía suyos la mayoría de los resultados económicos" del Betis "imputándose este solo los ingresos" procedentes del pago del arrendamiento. En resumen, la sentencia considera que "se contabilizaron como gastos deducibles conceptos" que Lopera no ha podido "justificar que mereciesen tal calificación".
Las irregularidades fiscales detectadas incluyen también la consignación como gasto del coste de entradas que habían sido gratuitas o parte del salario, finalmente no abonado, del ya ex jugador del Betis Denilson de Oliveira.
Así, y dado que Lopera llegó en diciembre último a un acuerdo con la Agencia Tributaria, aceptando el pago de las multas antes indicadas, con lo que evitaba que el caso derivara en una vista pública, el litigio se da por cerrado, con la aceptación por parte del mandatario bético de dos delitos sustituibles por multas cuyo montante asciende a 36.000 euros. A ellas se unen otras dos, de 613.608 y 1.271.166 euros, que se unirán a los 2.156.141 euros que ya había ingresado en el juzgado para hacer efectiva la totalidad de la cuota defraudada.
ep / elpenalti.com
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